La instalación de antenas de televisión en Boadilla del Monte cuando se trata de comunidades de vecinos es muy difícil que tenga un respaldo mayoritario. Lo normal es que haya personas reticentes a su instalación, ya sea por el precio o porque no van a hacer uso de ello. Si estás en un caso parecido, queremos darte algunas pautas sobre la normativa actual.

En Instalaciones Y Sistemas Electrónicos J.L. Cantan te informamos de que todos los edificios acogidos a la Ley de Propiedad Horizontal están obligados a implantar una instalación común de telecomunicaciones, básica para este tipo de servicios, según se recoge en el Real Decreto 1/1998. Al ser un elemento común de la finca, todos los vecinos están también obligados a costear un mantenimiento básico, según se recoge en el artículo 396 del Código Civil, que afecta a los servicios audiovisuales o de telecomunicación, así como en el artículo 9 la Ley de Propiedad Horizontal. Otra cosa diferente es que se quiera instalar una antena parabólica de televisión. En ese caso, ha de ser aprobado por un 33% de los vecinos en una Junta de Propietarios. Basta con que un solo vecino lo pida, para que se tenga que someter a dicha votación.

Ahora bien, si no estás de acuerdo en la instalación de antenas de televisión en Boadilla del Monte, no significa que tengas que pagar ni la inversión inicial ni el mantenimiento. Eso sí, tampoco reclamar el visionado de la televisión, de la que no podrás hacer uso. Si en el futuro cambias de idea, podrás utilizarla previo pago tanto de la parte proporcional de instalación como del mantenimiento hasta ese momento realizado.